Indecopi exhorta a canales de TV y radio al pago de regalías a Artistas por transmisión de material protegido


La Dirección de Derecho de Autor (DDA) del Indecopi exhortó a todas las Empresas de difusión masiva, como Canales de televisión y Operadoras de cable, a que cumplan con el pago de las regalías establecidas en la Ley sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos por la difusión de películas, series y obras protegidas, advirtiendo que la falta de pago de estos derechos no solo constituye una infracción a la normativa, sino que afecta de manera directa a las industrias basadas en la cultura, entretenimiento e información.

Indecopi exhorta a Empresas de radio, televisión y Operadoras de cable a cumplir con el pago de regalías por la difusión de películas, series y música protegida por el derecho de Autor. (Foto: GEC)

Para ello, la DDA remitió comunicados a las Empresas usuarias de bienes intelectuales, a fin de exhortarlas a que cumplan con realizar el pago de las regalías correspondientes en beneficio de los titulares de los derechos, es decir, Autores de obras musicales, Actores, Músicos, Cantantes, Productores, entre otros.

Una de esos comunicados fue enviado a la Sociedad Nacional de Radio y Televisión (SNRTV), que agrupa a los principales Canales de televisión y Emisoras radiales del Perú, con el objetivo de que informen a sus agremiados la importancia del respeto del derecho de Autor y derechos conexos, y que procedan al pago de las regalías que estuviesen pendientes.


Además, se precisó que, en caso de incumplimiento en el pago de las regalías, los titulares de derechos de Autor o la sociedad de gestión colectiva que los representan, deben presentar una denuncia ante el Indecopi contra las Empresas que no cumplen con los pagos, pues de acuerdo a la Ley sobre Derechos de Autor, solo con una denuncia de parte se puede exigir el reconocimiento de remuneraciones devengadas, es decir, que se les pague por la explotación de sus obras, producciones, interpretaciones, ejecuciones, entre otros.

Si el Indecopi inicia la denuncia de oficio contra las Empresas de difusión por el incumplimiento del pago de los derechos de Autor, entonces la Ley no faculta a que la Institución pueda ordenar el pago de las remuneraciones devengadas o regalías acumuladas, y terminaría multando a estas Empresas.

Cabe resaltar que las obras, producciones, interpretaciones y ejecuciones protegidas por la legislación de derecho de Autor son parte de nuestra vida diaria, tales como las películas que se emiten por televisión o mediante uso de los servicios de streaming, las obras musicales de nuestros Artistas favoritos, obras de teatro, entre otros. PERU 21.


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